sábado, 20 de octubre de 2007

Acuerdo Tripartito de Madrid

UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL
Carlos Ruiz Miguel
Catedrático de Derecho Constitucional
Universidad de Santiago de Compostela

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS ENTRE ESPAÑA, MARRUECOS Y MAURITANIA SOBRE EL SAHARA

En Madrid, a 14 de noviembre de 1975 y reunidas las delegaciones que legítimamente representan a los Gobiernos de España, Marruecos y Mauritania, se manifiestan de acuerdo en orden a los siguientes principios:
1º) España ratifica su resolución -reiteradamente manifestada ante la ONU- de descolonizar el territorio del Sahara occidental poniendo término a las responsabilidades y poderes que tiene sobre dicho territorio como Potencia Administradora.
2º) De conformidad con la anterior determinación y de acuerdo con las negociaciones propugnadas por las Naciones Unidas con las partes afectadas, España procederá de inmediato a instituir una Administración temporal en el territorio en la que participarán Marruecos y Mauritania en colaboración con la Yemaá y a la cual serán transmitidas las responsabilidades y poderes a que se refiere el párrafo anterior. En su consecuencia, se acuerda designar a dos Gobernadores Adjuntos, a propuesta de Marruecos y Mauritania, a fin de que auxilien en sus funciones al Gobernador General del territorio. La terminación de la presencia española en el territorio se llevará a efecto definitivamente, antes del 28 de febrero de 1976.
3º) Será respetada la opinión de la población saharaui, expresada a través de la Yemaá.
4º) Los tres países informarán al Secretario General de las Naciones Unidas de lo establecido en el presente documento como resultado de las negociaciones celebradas de conformidad con el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.
5º) Los tres países intervinientes declaran haber llegado a las anteriores conclusiones con el mejor espíritu de comprensión, hermandad y respeto a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y como la mejor contribución al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.
6º) Este documento entrará en vigor el mismo día en que se publique en el Boletín Oficial del Estado la “Ley de Descolonización del Sahara”, que autoriza al Gobierno español para adquirir los compromisos que condicionalmente se contienen en este documento.
CARLOS ARIAS NAVARRO
AHMED OSMAN
HAMDI MOUKNASS

Texto auténtico: español.

Fuente: United Nations Treaty Series, 1975, p. 258.

Entrada en vigor: 19 de noviembre de 1975, fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la ley autorizando al gobierno de Estaña para llevar a cabo estas previsiones, de acuerdo con el párrafo 6.

Abandono de España del Sáhara Ver video

Unas semanas más tarde en diciembre de 1975 en la Asamblea General, se aprobó las resoluciones 3458 A y 3458 B que desautorizaron los acuerdos de Madrid.

Fuente Carlos Ruiz Miguel en el siguiente enlace

http://blogs.periodistadigital.com/desdeelatlantico.php/2010/11/30/espana-sahara-marruecos-onu-importante-e






2 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen post, estoy casi 100% de acuerdo contigo :)

Anónimo dijo...

Saludos, muy interesante el articulo, espero que sigas actualizandolo!

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