Los diputados Yolanda Díaz Pérez y el diputado Xabier Ron Fernández del grupo parlamentario Alternativa Galega de Esquerda presentaron una interpelación en relación con la pretensión de la europarlamentaria popular Dª Carmen Fraga Estévez en la Comisión de Pesca de la eurocámara de suprimir en el informe Setevenson la referencia obligatoria al origen, fecha y zona de captura de las materias primas en el etiquetado de los productos en conserva, y la sustitución de la zona de captura por la del lugar del desembarco en el caso de los productos frescos.
Para AGE además de suponer la eliminación de un derecho básico del consumidor supone desproteger el sector pesquero artesanal gallego de calidad, favoreciendo la deslocalización de estos productos que incluso podrían ser extraídos de territorios ocupados favoreciendo la explotación y comercialización ilegal de recursos naturales como es el caso del Sáhara Occidental.
Por tanto, esta normativa podría favorecer no sólo un fraude a los consumidores y un perjuicio para un sector gallego de reconocido prestigio sino también podría favorecer la explotación y comercialización ilegal de recursos naturales de un territorio no autónomo lo que supondría en caso de llegarse a realizar una vulneración explícita del artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas referido al deber de la Comunidad Internacional de proteger el principio sagrado de la primacía suprema de los intereses de las poblaciones de los territorios no autónomos que en su aplicación al caso saharaui viene recogida tanto el el Informe Corell de la Asesoría Jurídica de la ONU de 29/1/2002 como en el Informe de los propios Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo de 13/7/2009.
En consecuencia, esta enmienda de la eurodiputada Carmen Fraga favorecería la vulneración de todas las resoluciones de la ONU en favor de la autodeterminación del pueblo saharaui así como de reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática efectivizado por más de 80 países y la Unidad Africana (entidad de la que el Estado Español es miembro observador).
Interpelación completa del original en gallego se puede ver en el siguiente enlace
Por tanto, esta normativa podría favorecer no sólo un fraude a los consumidores y un perjuicio para un sector gallego de reconocido prestigio sino también podría favorecer la explotación y comercialización ilegal de recursos naturales de un territorio no autónomo lo que supondría en caso de llegarse a realizar una vulneración explícita del artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas referido al deber de la Comunidad Internacional de proteger el principio sagrado de la primacía suprema de los intereses de las poblaciones de los territorios no autónomos que en su aplicación al caso saharaui viene recogida tanto el el Informe Corell de la Asesoría Jurídica de la ONU de 29/1/2002 como en el Informe de los propios Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo de 13/7/2009.
En consecuencia, esta enmienda de la eurodiputada Carmen Fraga favorecería la vulneración de todas las resoluciones de la ONU en favor de la autodeterminación del pueblo saharaui así como de reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática efectivizado por más de 80 países y la Unidad Africana (entidad de la que el Estado Español es miembro observador).
Interpelación completa del original en gallego se puede ver en el siguiente enlace
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